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¡Aprendamos! Diferencia entre Seguridad Pública y Seguridad Privada

  • 4 enero, 2018
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  • Antonio Cambronero Ibañez
  • 1

En este artículo, nos quedará muy claro que tanto la seguridad pública como la privada son imprescindibles en un país. No se contraponen, por el contrario, se complementan. Es muy importante en estos dos ámbitos, la preparación del profesional para garantizar la seguridad y protección de la ciudadanía.

Seguridad Pública y Seguridad Privada: Imprescindibles

La sociedad actual cada vez más dinámica, cambiante y complicada requiere cada vez más de nuevos servicios policiales y de nuevas soluciones de seguridad, por lo que si hay algo claro es que hay demanda para todos, lejos de entrar en debates a los que algunas veces estamos acostumbrados sobre si se privatiza la seguridad, como el reciente caso del aeropuerto del Prat o anteriores, con la entrada de seguridad privada en los centros de internamiento y seguridad.

Pero si algo debemos de tener claro es que la seguridad pública y la seguridad privada no son excluyentes, sino que juntas suman más.

La seguridad privada no puede entrar en áreas de la seguridad pública, ni está en ámbitos de la seguridad privada, pero vayamos por partes.

Funciones de la Seguridad Pública

La libertad personal, la libre circulación, los derechos fundamentales, el cumplimiento de las normas, son funciones que por su carácter de públicas deben ser ejercidas en exclusiva por las fuerzas y cuerpos de seguridad , aunque dentro de  éstas existe un reparto de competencias  y materias, sin que ello suponga una merma al principio de colaboración recíproca entre todos los cuerpos policiales dependientes de las diferentes administraciones públicas que componen el organigrama de la administración  española.

Aunando todavía más, cada cuerpo policial dispone de sus propias estructuras para hacerse cargo de las diferentes materias que deben abordar, violencia de género y familiar, tráfico de estupefacientes, cibercrimen, medio ambiente, etc., ya que es necesario cada vez más de una formación más especializada para abordar los diferentes tipos delictivos que van surgiendo.

Funciones de la Seguridad Privada

La seguridad privada por otro lado debe atender otras necesidades enmarcadas dentro del ámbito privado, es decir actividades que no pueden ser encomendadas a la seguridad pública, pues suponen una necesidad de alguien que está en su derecho de garantizar sus bienes, propiedades, negocios etc. con la contratación de servicios de seguridad privada, pero cuyo  coste no puede ser soportado por la administración pública, lo que seria igual que por todos los ciudadanos. Excepción a este caso seria cuando la administración es la que contrata servicios privados para la vigilancia de edificios públicos, en estos casos lo que se pretende es no restar de la seguridad ciudadana efectivos policiales para funciones que el personal de seguridad privada puede ejercer con total garantías.

Pero cuando hablamos de seguridad privada no solo nos referimos a los vigilantes de seguridad, quizás la cara más visible del sector, sino a los escoltas, guardas de campo y pesca, jefes de seguridad, directores de seguridad, y todo el personal instalador de sistemas de seguridad, operadores de centrales receptoras de alarma y también los detectives privados, por lo que el abanico de competencias de este sector es suficientemente amplio, necesario y que no se inmiscuyen en los ámbitos de la seguridad pública, sino que son colaboradores necesarios.

Seguridad pública y privada: Juntas es más

De hecho hoy día asistimos a una colaboración cada vez más evidente de la seguridad pública y la seguridad privada, los casos expuestos más arriba, los eventos deportivos, grandes eventos donde confluyen necesidades públicas de seguridad ante las grandes afluencias de público que se generan y que se complementan con seguridad privada, ya que nos encontramos en muchas ocasiones con eventos organizados por empresas privadas con fines lucrativos a los que se les exigen colaborar con la seguridad , puesto que de tener que ser costeados por las administraciones públicas seria un agravio comparativo, que para el beneficio de unos, sean otros los que deban costear el gasto que lleva involucrado un dispositivo de seguridad de eventos de grandes masas, eso si siempre bajo la supervisión de los cuerpos policiales.

Otro ejemplo más, cualquier persona en nuestro estado puede contratar un servicio de escoltas si cree que su persona pueda correr algún tipo de peligro, esto fuera de los cargos públicos, es evidente que no puede ser cubierto por la seguridad pública, también las corporaciones empresariales necesitan disponer de personal que se encargue de gestionar los departamentos de seguridad, a cuyo cargo se encuentran los directores de seguridad.

También la instalación de sistemas de seguridad servicios de centralización de alarmas, servicio de ayudas, vigilancia de fincas mediante guardas etc.

Por tanto, no podemos entrar en conflictos que no llevan a ningún lugar, entre sí la seguridad debe ser ejercida sólo por agentes policiales y no por personal de seguridad privada, sino que debemos de fomentar que ambas dispongan de los medios y recursos necesarios para un trabajo eficaz y profesional, proporcionando una formación continua de calidad.

Queda claro que hay demanda para todos , que no se invaden competencias puesto que todos los casos en los que interviene la seguridad privada vienen reflejados en la normativa y además  está subordinada a la seguridad pública, y que la especialización es un factor determinante en todos los ámbitos de la seguridad.

 


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